Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 816/2002-R
Fecha: 09-Jul-2002
Fragmento 3
De acuerdo a lo expuesto, interpone Recurso de Amparo Constitucional, solicitando sea declarado procedente y se disponga la devolución inmediata del puesto de venta, el reconocimiento de su derecho propietario sobre el mismo desde enero de 1995, y que el recurrido se abstenga de perturbar su legítima posesión.