Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 858/2002-R
Fecha: 22-Jul-2002
2.
2. Los recurridos no concurrieron a la audiencia por haber presentado el 11 de mayo de 2002, memorial ante la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Distrito, constituido en Tribunal de Amparo, haciendo presente que por determinación adoptada el 3 del mismo mes y año, el Consejo Superior de la LFPB, ratifico a todos los miembros del Tribunal de Justicia Deportiva -entre ellos al recurrente- Richard Méndez Cossio, acción y hecho jurídico que hace desaparecer la causa por la que se impetró el Recurso, solicitando en efecto el archivo de obrados con las formalidades de ley.