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    AUTO CONSTITUCIONAL 390/2002-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 390/2002-CA

    Fecha: 22-Ago-2002

    I.2.1 Respuesta al recurso

    Corrido en traslado el incidente, el mismo es respondido por Mauricio F. Julio Q. apoderado de José Leonardo Guevara, manifestando que el recurso fue interpuesto en 2 de agosto de 2002 y la Sentencia de 3 de abril de 2002 tiene el sello de la cosa juzgada, encontrándose ejecutoriada, por lo que el incidente es extemporáneo al haber sido interpuesto fuera del plazo establecido por el art. 62-1) de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), razón por la que pide sea rechazado.

    • sin señalar en parte alguna del referido memorial  cual la ley, decreto o resolución no judicial cuya inconstitucionalidad cuestiona.
    • I.2.1 Respuesta al recurso
    • rechaza el incidente
    • una ley, decreto o cualquier género de
    • la mención de la ley, decreto o resolución no judicial cuya inconstitucionalidad se cuestiona y su vinculación con el derecho que se estima lesionado
    • resoluciones judiciales,
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