una ley, decreto o cualquier género de
El art. 59 LTC, establece que el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad procederá en los procesos judiciales o administrativos cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial aplicable a aquellos procesos, por lo que de acuerdo al texto del mismo, el Tribunal ejerce el control concreto de constitucionalidad respecto a una norma de cuya constitucionalidad se tiene duda razonable y fundada, la misma que será aplicada en la resolución final del proceso dentro del que se solicita sea promovido el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad.
- sin señalar en parte alguna del referido memorial cual la ley, decreto o resolución no judicial cuya inconstitucionalidad cuestiona.
- I.2.1 Respuesta al recurso
- rechaza el incidente
- una ley, decreto o cualquier género de
- la mención de la ley, decreto o resolución no judicial cuya inconstitucionalidad se cuestiona y su vinculación con el derecho que se estima lesionado
- resoluciones judiciales,
- APRUEBA
