SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1005/2002-R
Fecha: 16-Ago-2002
improcedente
Concluida la audiencia el Tribunal de Amparo pronuncia Resolución que declara improcedente el Recurso con los siguientes fundamentos: a) el proceso penal seguido por los recurrentes contra Jorge Salazar por los delitos de apropiación indebida y abuso de confianza -de acción privada- se sustancia con el anterior Código de Procedimiento Penal y no está permitido ampliar la demanda por delitos de acción pública, pues esa ampliación del auto inicial de la instrucción sólo procede en los procesos con sumario o instrucción; b) la Fiscal recurrida al ratificar el rechazo de la denuncia, actuó con plena jurisdicción y competencia, observando los arts. 305 CPP y 40.15) de la Ley LOMP; c) el proceso penal de referencia se encuentra en grado de apelación, encontrándose suspendido por efecto de dicho recurso ordinario interpuesto por los recurrentes lo que hace improcedente el amparo de acuerdo al art. 96, 1) LTC.