Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1006/2002-R
Fecha: 16-Ago-2002
a)
El abogado de la recurrente ratifica los términos del recurso planteado y los amplía manifestando que: a) hace mucho tiempo planteó recurso de tercería que no ha sido resuelto y ahora aparece con disposiciones hechas con fecha atrasada; b) los bienes secuestrados son de su propiedad privándola de su derecho pues sus maquinarias son la herramienta de su trabajo diario y con la que procura el sustento de su familia, teniendo presente además de que no es parte en el proceso ejecutivo dentro del cual se ha ordenado esa medida ilegal.