Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1006/2002-R
Fecha: 16-Ago-2002
El representante del Ministerio Público
El representante del Ministerio Público emite dictamen por que se declare improcedente el recurso con el argumento de que la tercería de dominio excluyente opuesta por la recurrente ha sido resuelta declarándola improbada, resolución contra la que tiene el derecho de apelar, puesto que el Amparo no es sustitutivo de otros recursos ordinarios.