Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1030/2002-R
Fecha: 27-Ago-2002
II.2.
II.2. La Corte Nacional Electoral emite los Instructivos 003/2002 de 1 de marzo y 005/2002 de 24 de abril, que en el punto 2.3.2 y 2.2.2, respectivamente establecen la presentación de la “Libreta de Redención “ que es el caso del recurrente, señalando que su incumplimiento, hará que los candidatos sean excluidos de las listas en aplicación del art. 112 CE.