Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 918/2002-R
Fecha: 02-Ago-2002
III.1
III.1 Que el amparo constitucional ha sido instituido como un recurso extraordinario que otorga protección inmediata contra los actos ilegales y las omisiones indebidas de autoridades o particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir derechos y garantías fundamentales de la persona, reconocidos por la Constitución y las Leyes, siempre que no hubiere otro medio o recurso legal para tal efecto.