SENTENCIA CONSTITUCIONAL 948/2002-R
Fecha: 08-Ago-2002
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En la demanda presentada el 12 de junio de 2002 (fs. 3 y 4), los recurrentes aducen que el primero de ellos, pagando $US. 1.800.- se afilió al Sindicato de Servicio Rápido “21 de Mayo”, y contrató un chofer como conductor del vehículo de su propiedad, que comenzó a trabajar desde el 4 de diciembre de 2001; sin embargo, el recurrido, en su condición de Presidente de ese organismo, lo despidió “con una serie de pretextos baladíes”, ocasionándole un grave perjuicio económico, pues su vehículo estuvo paralizado desde el 10 de febrero al 4 de abril, lapso en el que tuvo que prestarse dinero para solventar sus necesidades y las de su familia, pero como no podía mantener esa situación, contrató como nuevo chofer a Bernabé Mérida Flores, a quien el recurrido también despidió, atemorizándolo “a sus espaldas” y “haciéndose dueño de su vida”.