Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 966/2002-R
Fecha: 09-Ago-2002
APRUEBA
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE y los arts. 7.8ª y 102-V LTC, APRUEBA la Resolución de 11 de junio de 2002, de fs. 360 a 361 pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz
- Leoncio Vargas Velez y Dorys Ortiz de Vargas contra Lucidio García Morón, Juez Segundo de Partido Civil-Comercial
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe del recurrido
- improcedente
- SC 077/2000 de 19 de octubre de 2000 declaró constitucionales los arts. 48, 49.I, IV, V y VI, 50 y 51 de la LAPCAF, haciendo improcedente cualquier nueva demanda de inconstitucionalidad contra dichas normas legales, siendo el fallo referido irrevisable, obligatorio y vinculante
- APRUEBA