SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 939/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 939/2002-R

Fecha: 05-Ago-2002

I.2.2. Informe del recurrido

A su turno, la autoridad recurrida informó a fs. 59 que dentro del proceso ejecutivo seguido contra el recurrente en base a un contrato de anticresis debidamente reconocido, tanto el ejecutante como el ejecutado fueron notificados con la demanda y auto intimatorio. Que la sentencia pronunciada en dicho juicio se encuentra ejecutoriada, por lo que al presente se llevan a cabo las medidas previas a la subasta y remate. Que el recurrente a lo largo del proceso no utilizó los recursos que franquea la ley, no siendo el Amparo sustitutivo de los mismos, por lo que pidió la improcedencia del Recurso.