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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 939/2002-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 939/2002-R

    Fecha: 05-Ago-2002

    III.1.

    III.1. Que el recurrente señala que al haberse seguido un proceso ejecutivo en su contra sin notificarlo legalmente y en base a un documento privado de anticresis que carece de fuerza ejecutiva, habiéndose ordenado en dicho proceso el remate del inmueble que le pertenece,  se ha violado su derecho a la propiedad. Consiguientemente, corresponde analizar si tales hechos ameritan la protección del art. 19 CPE.

    • Segundino Avendaño Hoyos contra Herman Mendoza Iriarte, Juez Primero de Instrucción de Montero
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • I.2.2. Informe del recurrido
    • improcedente
    • II.1.
    • II.2.
    • III.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • APRUEBA

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