Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1043/2002-R
Fecha: 02-Sep-2002
II.2
II.2 Iniciadas las investigaciones bajo la dirección del Fiscal de Materia, éste a su conclusión realiza la imputación formal contra la recurrente y otros por la supuesta comisión del delito de contrabando previsto por el art. 166 de la Ley General de Aduanas (LGA), con la agravante señalada en el art. 180 de la misma Ley, solicitando la aplicación de medidas cautelares de carácter real y personal de detención preventiva, la que es ordenada por el Juez Tercero de Instrucción en lo Penal -ahora recurrido- en suplencia del titular del Juzgado, mediante el Auto motivado de 2 de marzo de 2002.