Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1044/2002-R
Fecha: 02-Sep-2002
II.2
II.2 Señalada la audiencia de confesión para el 18 de febrero de 2000, se expide mandamiento de comparendo que es representado por el Oficial de Diligencias en sentido de que el imputado ya no vive en el domicilio señalado, por lo que se ordena su citación mediante edicto por decreto de 22 de febrero de 2000 (fs. 14 y 15 vta.). Por Auto de 27 de marzo de 2000, se declara la rebeldía y contumacia del imputado -ahora recurrente- disponiendo su juzgamiento en rebeldía, para posteriormente el 4 de marzo de 2002, la Jueza pronuncie la sentencia que lo condena a la pena de tres años y tres meses de reclusión (fs. 18, 39 a 41).