SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1044/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1044/2002-R

Fecha: 02-Sep-2002

procedente

Concluida la audiencia el Tribunal de Hábeas Corpus pronuncia Resolución que declara procedente el Recurso, disponiendo la libertad del recurrente y la anulación del proceso hasta que se produzca el sorteo de la causa, con los siguientes fundamentos: 1) conforme al art. 44 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC9 los tribunales de justicia están obligados a seguir la jurisprudencia del Tribunal Constitucional; 2) la SC. 978/2000-R de 23 de octubre ha establecido que el sorteo es un acto procesal necesario e inexcusable que tiene estrecha relación con la competencia y jurisdicción de un juez o tribunal en el conocimiento de un determinado asunto, permitiendo garantizar el debido proceso, por lo que su omisión da lugar a la nulidad; 3) en el proceso que ha originado el recurso “no se evidencia ningún acto de sorteo, menos la participación de vocal semanero alguno”, por lo que la distribución de la causa fue anómala al no observar el art. 117 LOJ, lo cual se encuentra sancionado con nulidad por disposición expresa del art. 123 de la misma Ley, ello sin considerar la evidente indefensión en la que se dejó al recurrente durante la tramitación del mismo.