SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1059/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1059/2002-R

Fecha: 05-Sep-2002

I.1.1.   Hechos que motivan el Recurso.

En la demanda presentada el 5 de junio de 2002 (fs. 65 y 66), el recurrente aduce que es legítimo propietario del lote urbano de 400 metros cuadrados, signado con el número 4A de la manzana QQ, de la calle Calama esquina Kilómetro 7 de Caranavi, derecho que está registrado en la oficina de Derechos Reales desde el 16 de octubre de 1992.

     Relata que Bárbara Mamani de Quispe, en agosto de 2001, comenzó a hacer adobes en su propiedad y puso un cuidador, ante lo que presentó un memorial ante el Juzgado de Instrucción para que se realice una audiencia conciliatoria, que, fijada para el 5 de septiembre del pasado año, tuvo que ser suspendida porque no se presentó la recurrida. En 6 de marzo de 2002 solicitó judicialmente la exhibición de documentos de los demandados, pues continuaron realizando actos ilegales, pero tampoco presentaron ninguna documentación, enterándose que Bárbara Mamani de Quispe y Daniel Quispe argüían ser apoderados de Julio Quispe Mamani, que sería supuestamente el propietario.

     Indica que posteriormente solicitó la medida precautoria de prohibición de innovar, que fue deferida por decreto de 26 de marzo, por lo que procedió a iniciar  los trabajos de construcción en su propiedad. Empero, el 1 de mayo a las tres de la mañana, aproximadamente, los recurridos lo despojaron de su inmueble, en razón de lo que formuló denuncia ante la Fiscalía, donde se han iniciado las diligencias respectivas, lo que no ha evitado que los demandados continúen cometiendo actos ilegales, puesto que, además de no permitir el ingreso de ninguna persona, ni de  sus albañiles para sacar los materiales de construcción, los han agredido físicamente.