Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1059/2002-R
Fecha: 05-Sep-2002
PROCEDENTE
La Sentencia 08/2002, pronunciada el 7 de junio de 2002 (fs. 116 a 119), por el Juez de Partido de la provincia Caranavi del departamento de La Paz, declara PROCEDENTE el Recurso, “y por consiguiente, amparando en su derecho propietario al recurrente” con estos fundamentos: 1) el actor ha demostrado su derecho propietario, inscrito en Derechos Reales en forma definitiva; 2) los recurridos tienen derechos expectaticios por la interposición de un proceso de usucapión que no ha terminado.