Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1064/2002-R
Fecha: 05-Sep-2002
II.3.
II.3. Mediante nota de 20 de mayo (fs. 283), el Presidente y la Concejala Secretaria del Municipio de Tacobamba, hicieron conocer a Macedonio Paco Muruchi, la “ratificación” de la moción de censura en su contra, que sería tratada el 24 de mayo. Se observa un sello de “Recibido”, en esa fecha, en la mencionada nota, con una firma ilegible. La moción de censura fue publicada en el periódico “El Siglo”, en 26 de abril (fs. 284 y 380). En 15 de mayo se publicó la convocatoria para la sesión del 24 de mayo en que se trataría la moción constructiva de censura (fs. 285).
- Macedonio Paco Muruchi contra Elmer Yolata Medinaceli, Emilio Vilacahua Francisco, Sebastián Gutiérrez Cruz y Victorio Zamora Lenis, Concejales de la Tercera Sección Municipal de la provincia Cornelio Saavedra del Departamento de Potosí (Tacobamba)
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- PROCEDENTE
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III.1.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- Fragmento 18