SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1064/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1064/2002-R

Fecha: 05-Sep-2002

III.6.

III.6.  En lo concerniente a lo declarado por el Juez de Amparo, cabe mencionar que la publicación realizada en  26 de abril forma parte del  procedimiento del voto constructivo de censura, puesto que la Resolución Municipal Nº 30/02 de 24 de mayo fue dejada sin efecto porque en la sesión de la misma fecha no estuvo presente el Vocal de la Corte Departamental Electoral y no se había adjuntado la factura del periódico en el que se publicó la moción, consecuentemente, la referida publicación es totalmente válida y sirve de presupuesto para la emisión de la Resolución Municipal Nº 39/02 de 14 de junio.