SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1066/2002-R
Fecha: 09-Sep-2002
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En la demanda presentada el 1 de agosto de 2002 (fs.1), los recurrentes manifiestan que a las 3 de la madrugada del 31 de julio de este año fueron detenidos por Radio Patrulla 110 y trasladados a las oficinas de inteligencia donde fueron despojados de sus relojes, billeteras, anillos y una cadena de oro, además de haber sido sometidos a malos tratos, sin que exista cargo penal alguno en su contra, para luego de más de 12 horas de detención, acusar al primero de ellos de cohecho activo, remitiéndolos a la Policía Técnica Judicial (PTJ) donde continúan a la fecha privados de su libertad por más de 32 horas, en contravención al Código de Procedimiento Penal (CPP) que establece plazos fatales y perentorios para la detención en sede policial, y lo que es más grave, endilgándoles un delito que jamás cometieron al parecer por una actitud xenofóbica por su condición de ciudadanos chilenos. Concluyen indicando que las autoridades recurridas ordenaron y permitieron su detención ilegal.