SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1066/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1066/2002-R

Fecha: 09-Sep-2002

I.2.2. Informe de los recurridos

A través de su abogado, los recurridos informaron que la Policía sorprendió a los recurrentes portando armas de fuego, por lo que fueron conducidos a dependencias policiales para su indagación, y a las 9,30, seis horas y media después, informaron al Fiscal de Materia, quien estableció que los recurrentes eran personas indocumentadas, realizándose la requisa del domicilio de uno de ellos e incautándoles armas y raticida. Que a partir de la intervención del Fiscal de Materia, todas las actuaciones están dentro del marco legal;  sin embargo, al no existir una acusación contra los recurrentes, el Fiscal los remitió a la Dirección Departamental de Migración, la que dispuso que los recurrentes se queden en la PTJ en calidad de depósito. Hicieron constar que los recurrentes pretendieron sobornar a un funcionario público para no ser remitidos a Migración, lo que fue denunciado al Fiscal, dando lugar a la etapa preparatoria del juicio. Que, en ese entendido, las 32 horas de detención no son imputables a la Policía, pues a partir de la comisión del cohecho activo se puso en conocimiento del Fiscal, quien solicitó la detención preventiva de los detenidos, encontrándose éstos actualmente bajo la tuición del Juez Instructor Primero en lo Penal quien ordenó la detención de dos de los recurrentes y la libertad del co-recurrente Eduardo Grineldo.