Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1085/2002-R
Fecha: 10-Sep-2002
II.1
II.1 Dentro de la etapa preparatoria iniciada por el Ministerio Público contra los recurrentes por el presunto delito de contrabando, por Ejecutorial 17/02, el Juez Cautelar ordenó a la Unidad Operativa de Tránsito la anotación preventiva de los tres camiones de propiedad de los recurrentes, orden que fue cumplida por esa entidad el 2 de julio de 2002 (fs. 8-10).