Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1096/2002-R
Fecha: 12-Sep-2002
II.3.
II.3. Mediante Auto de 26 de noviembre de 2002 la autoridad recurrida declara la caducidad de la medida precautoria (secuestro) planteada por Manuel Oscar Ricaldi Morales y deja sin efecto todas las medidas precautorias ordenadas (fs. 7). En apelación la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Justicia pronuncia el Auto de Vista de 24 de abril de 2002 por el que se confirma el Auto apelado (fs. 12 - 12 vlta.).