Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1131/2002-R
Fecha: 18-Sep-2002
APROBAR en parte
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7 CPE y los arts. 7.8ª y 102.V de la Ley del Tribunal Constitucional, resuelve APROBAR en parte la Resolución pronunciada el 11 de julio de 2002 por la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Justicia de Oruro, corriente de fs. 165 a 166, con la modificación de que no existe lugar a responsabilidad civil alguna.
- Alex Terrazas Fulguera y Rolando A. Huanca Arellano, Presidente y Secretario de Hacienda del Conjunto Folklórico Tobas Zona Sud
- I.1. 1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2 Informe de los recurridos
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- II.6
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- APROBAR en parte