Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1134/2002-R
Fecha: 19-Sep-2002
I
II.2 Que, al no haber dado cumplimiento a la conminatoria de pago pese a ser notificado (fs. 41 vta.), la recurrida a solicitud de la demandante libró mandamiento de apremio, pero al ser representado el mismo (fs. 45 y vta.), el 11 de mayo de 2002, expidió otro con habilitación de días y horas inhábiles (fs. 49) que fue ejecutado el 16 de junio de 2002 a hrs. 10:30 (fs. 51), cuyo acto -según reconoce la recurrente- fue puesto en su conocimiento el 5 de julio de 2002.