Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1140/2002-R
Fecha: 19-Sep-2002
III.1
III.1 El amparo constitucional ha sido instituido como un recurso extraordinario que otorga protección inmediata contra los actos ilegales y las omisiones indebidas de autoridades o particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir derechos y garantías fundamentales de la persona, reconocidos por la Constitución y las Leyes, siempre que no hubiera otro medio o recurso legal para la protección inmediata de esos derechos.
- Bertha Virginia Argote, María Ruth Vargas de Carrasco, Miriam Arias, María Rosario Vargas Ayala, Irma Corrales Argote, Petry Consuelo Vargas de Claros y Sonia Crespo
- I.1. 1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio.
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de los recurridos
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.2
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2