SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1169/2002-R
Fecha: 25-Sep-2002
a)
Mediante su abogado ratifica la demanda y la amplía señalando: a) Catalina Soto vda. de Ticona transfiere el inmueble a su hijo Felipe Ticona, quién lo vende al recurrente en el año de 1985, b) Julia Soto de Sanga inicia en contra de Felipe Ticona un proceso de devolución de dineros, que lo gana, c) al no tener bienes sobre los que caer, Julia Soto inicia en contra de Felipe Ticona otro proceso de nulidad de escritura de compra y venta en el que se llega un acuerdo transaccional, d) la Jueza Cuarta de Partido sin tomar en cuenta el art. 523 del Código Civil, de 06 de agosto de 1975 (CC) (los contratos no dañan ni aprovechan a terceros), ilegalmente homologa el acuerdo transaccional por el que queda nula la venta efectuada a favor del recurrente y e) se planteó una tercería de dominio excluyente que no ha sido considerada.
A su turno, la Jueza recurrida manifestó: a) en 04 de mayo de 1987 Julia Soto Sanga plantea demanda ordinaria sobre restitución y devolución de dinero contra Felipe Ticona, que es declarada probada por Sentencia de 04 de abril de 1990, b) en ejecución de sentencia se elaboró la correspondiente liquidación que fue aprobada en 1997, por lo que en 1998 se anotó el bien del deudor, c) Elizabeth García interpuso una tercería de dominio excluyente que se declaró probada, resolución revocada por la Corte Superior, d) en ejecución de sentencia se remató el inmueble y se expidió mandamiento de desapoderamiento, el mismo que no puede hacerse efectivo porque los ocupantes se rehusan a desocupar y e) la parte demandada se dedicó a interponenr recursos de reposición que no eran procedentes y los que se plantearon conforme a Ley fueron concedidos en su oportunidad.
- Edwin Moisés Yanarico García contra Consuelo Chacón Schmid, Jueza Cuarta de Partido en lo Civil
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
- ilegal derecho propietario cuya nulidad la tramito por cuerda separada
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio.
- a)
- PROCEDENTE
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- tramita la nulidad por cuerda separada
- III.2.
- III.3.
- no siendo cierta la lesión al derecho de defensa