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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1169/2002-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1169/2002-R

    Fecha: 25-Sep-2002

    III.1.

    III.1. Que, la jurisdicción constitucional está reservada para ejercer el control de constitucionalidad y garantizar la primacía de la Constitución, el respeto y vigencia de los derechos indiscutidos y las garantías fundamentales de las personas, como ha reconocido este Tribunal en SS.CC. 541/2001-R 1366/2001-R, 991/2002-R, entre otras.

    • Edwin Moisés Yanarico García contra Consuelo Chacón Schmid, Jueza Cuarta de Partido en lo Civil
    • I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
    • ilegal derecho propietario cuya nulidad la tramito por cuerda separada
    • I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio.
    • a)
    • PROCEDENTE
    • II.1.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • tramita la nulidad por cuerda separada
    • III.2.
    • III.3.
    • no siendo cierta la lesión al derecho de defensa

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