Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1169/2002-R
Fecha: 25-Sep-2002
PROCEDENTE
Concluida la audiencia la Sala Civil Segunda de la Corte Superior, de acuerdo con el dictamen fiscal, pronunció la Resolución de 26 de julio de 2002 que corre a fojas 36-37, que declara PROCEDENTE el Recurso, con estos fundamentos: a) se ha subastado y adjudicado a favor de Julia Soto la totalidad del inmueble de la Calle Eloy Salmón 812, b) una tercera parte del inmueble corresponde en propiedad al recurrente quien no intervino en el proceso y c) pese a que la sentencia comprende sólo a los que intervinieron en el proceso, la autoridad judicial recurrida ha dispuesto ilegalmente la inscripción en DD.RR., así como se ha expedido mandamiento de desapoderamiento de todo el inmueble.
- Edwin Moisés Yanarico García contra Consuelo Chacón Schmid, Jueza Cuarta de Partido en lo Civil
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
- ilegal derecho propietario cuya nulidad la tramito por cuerda separada
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio.
- a)
- PROCEDENTE
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- tramita la nulidad por cuerda separada
- III.2.
- III.3.
- no siendo cierta la lesión al derecho de defensa