Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0013/2003-R
Fecha: 07-Ene-2003
I.2.1. Ratificación y ampliación del Recurso.
Mediante su abogado el recurrente reiteró el contenido íntegro de la demanda, agregando que los arts. 25, 26, 27, 28 y siguientes del Estatuto de la Federación de Transportistas “16 de Noviembre”, establecen que la elección será por votación secreta y directa, pudiendo ser reelegidos por una sola vez en lista completa o incompleta, sin que esté contemplada la elección por aclamación; por todo lo que se estarían violentando los derechos sindicales y democráticos, al no haber convocado a elecciones.
- Jorge Maximiliano Arteaga Rojas, Secretario Ejecutivo del Sindicato de Transportistas “21 de Mayo”
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
- I.1.3. Persona recurrida y petitorio.
- I.2.1. Ratificación y ampliación del Recurso.
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- ampliado
- III.2.