SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0033/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0033/2003-R

Fecha: 14-Ene-2003

I.1.1 Hechos que motivan el recurso.

En la demanda presentada el 23 de octubre de 2002 (fs. 119 a 122), el recurrente aduce que dentro del proceso ejecutivo seguido por el Banco Económico S.A. contra Julio Mejía Molina y Edith Dorado de Mejía, en el que “existen vicios procesales insubsanables”, la autoridad judicial recurrida ha dispuesto se libre mandamiento de desapoderamiento en contra suya y de su madre, Mery Niva Vargas de Siles, quien en 11 de agosto de 1993, adquirió el inmueble rematado de sus anteriores propietarios, los ejecutados, ubicado en el Barrio “El Bajío”, U.V. 128,  manzana 21, lote 29, con una superficie de 360 metros cuadrados, 

Alega que la demanda ejecutiva fue distribuida al Juzgado de Partido Undécimo en lo Civil, pero el Titular del mismo, de oficio, dispuso la remisión de la causa al Juzgado llamado por ley de acuerdo a la cuantía, frente a lo que, el Secretario de Cámara distribuyó el asunto al Juzgado Segundo de Instrucción, en el que, luego del trámite respectivo, se ha emitido mandamiento de desapoderamiento, sin que  previamente el Juzgador haya instruido que el Oficial de Diligencias informe quiénes habitan  en el domicilio señalado, como  manda el art. 45-I de la Ley de Abreviación Procesal Civil y Asistencia Familiar (LAPCAF), ya que en ningún momento ha tenido conocimiento de la sustanciación del proceso sino recién con la noticia del desapoderamiento, dada el 24 de octubre de este año.

Arguye que el Juez recurrido tramitó el proceso sin tener jurisdicción ni competencia en razón de la cuantía de $US5.500.- puesto que  al momento de ingreso de la demanda, la conversión del monto demandado de dólares americanos a moneda boliviana, ascendía a Bs33.000.- que “es superior a la competencia establecida en los artículos 134 inc. 1) y 177 inc. 1) de la Ley de  Organización Judicial (LOJ)”, y a la Resolución de Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia sobre tales cuantías.