Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0033/2003-R
Fecha: 14-Ene-2003
III.5
III.5 Finalmente, se debe indicar que es el Juez quien asume las determinaciones en todo proceso judicial, dado que precisamente se acude a esa instancia cuando existe discusión de derechos e intereses, a objeto de que la autoridad jurisdiccional dirima la controversia; consiguientemente, las partes intervinientes en el litigio, tienen la facultad de ejercitar los derechos que la ley les reconoce, por tanto, al haber dispuesto el Juez, el desapoderamiento, no puede responsabilizarse de ello a los co-recurridos Marcelo Suárez Antelo y Boris Marinkovic Rivadineira (en el mismo sentido, se tiene la SC 491/2002-R), que actuaron por la parte ejecutante.