Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0056/2003-R
Fecha: 15-Ene-2003
II.5.
II.5. El recurrente mediante oficio de 21 de junio de 2002 pidió reconsideración de las decisiones y resoluciones adoptadas en la sesión de 14 de junio y ulteriores, por haberse llevado a cabo fuera la sede oficial del Concejo y sin la convocatoria previa con 48 horas de anticipación, no constando ninguna respuesta sobre el particular (fs. 7).