SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0061/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0061/2003-R

Fecha: 15-Ene-2003

I.1. 1. Hechos que motivan el recurso

En la demanda presentada el 31 de octubre de 2002 (fs. 144-145), el recurrente manifiesta que dentro del proceso ejecutivo seguido por Autosud contra Romer Urrutia y otros, el Juez de la causa, a petición suya, reguló sus honorarios profesionales mediante auto de 10 de junio de 2002. Una vez notificado el 20 de junio de 2002, Autosud planteó recurso de apelación el 27 del mismo mes y año, que fue rechazado por extemporáneo mediante resolución de 10 de julio, por lo que dicha empresa planteó recurso de compulsa, que fue declarado legal por los Vocales recurridos a través del Auto de Vista de 18 de octubre de 2002, en el que además ordenaron la devolución del expediente para que el juez inferior conceda la apelación en el efecto devolutivo y eleve el testimonio de ley, en directa contravención de los arts. 80 de la Ley de la Abogacía  (LA), 201 y 216 del Código de Procedimiento Civil (CPC).