SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0061/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0061/2003-R

Fecha: 15-Ene-2003

I.2.1. Ratificación del recurso

El abogado del recurrente ratificó el tenor de la demanda y la amplió indicando que su representado fue contratado por Autosud para que prosiguiera el proceso ejecutivo seguido contra Romer Urrutia, habiéndose apersonado en nombre de la empresa pidiendo la citación por edictos del obligado y la retención de fondos, además de contestar posteriormente el incidente de nulidad de obrados incoado por la parte ejecutada, lo que demuestra el trabajo realizado por su representado, quien otorgando el respectivo pase profesional solicitó la regulación de sus honorarios que el juez de la causa le calificó en $US142.-, con lo que se notificó a Autosud, que después de siete días y cuando ya estaba ejecutoriada la resolución recién presentó recurso de apelación que le fue rechazado, por lo que planteó el recurso de compulsa declarado legal por los Vocales recurridos, al creer que fue planteado dentro del plazo señalado por el art. 201 CPC, en claro desconocimiento de la normativa especial prevista en el art. 80 LA y 201 CPC, respaldada por la jurisprudencia de la Corte Suprema que entiende que en materia de honorarios profesionales el término para apelar es de 3 días.