Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0068/2003-R
Fecha: 21-Ene-2003
II.2
II.2 Que, la Trabajadora Social y el Médico Cirujano del Policlínico “9 de abril” dependiente de la Caja Nacional de Salud, certifican que la representada fue atendida en ese centro desde el 13 de agosto hasta el 29 de septiembre de 2002 por presentar embarazo de 19 semanas con complicaciones (fs. 7), por lo que el 29 de agosto de 2002 hasta el 30 del mismo mes y año fue declarada con incapacidad (fs. 9), habiéndosele concedido su vacación el 2 de septiembre de 2002 por 20 días (fs. 8).
- Ana María Romero de Campero, Defensora de Pueblo en representación de Brenda Flores Vásquez
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- contra
- pero luego de ser notificado con el presente recurso ha instruido que se reincorpore a la recurrente mediante el memorando de 21 de noviembre a partir del lunes a sus funciones.
- procedente
- II.2
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3