SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0085/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0085/2003-R

Fecha: 22-Ene-2003

I.1. 1. Hechos que motivan el recurso

En la demanda presentada el 12 de noviembre de 2002 (fs. 25-27), el recurrente manifiesta que en la gestión 2000 ingresó a la ANAPOL y cuando cursaba el segundo semestre, reprobó en tres materias, siendo dado de baja. Como quiera que existían varios caballeros cadetes en su misma situación, en dicha gestión solicitaron su reincorporación, por lo que mediante memorial de 5 de abril de 2001 pidió también su reincorporación sin recibir respuesta alguna, mientras que los demás fueron reincorporados. Tanto él como los demás cadetes se acogieron a la Instructiva 01/2001 de 11 de mayo de 2001, siendo aceptados en la nueva gestión 2002 sin examen ni presentación de documentos, pero curiosamente, en la lista no se consignó su nombre.

Ante esta injusticia y al haberle impedido el Director de la ANAPOL de ese entonces postular en la gestión 2002,  presentó dos memoriales, el 9 y 17 de abril de 2002 dirigidos al Director de la ANAPOL y al Presidente del Consejo Consultivo de la ANAPOL, solicitando su reincorporación, mereciendo la nota de 23 de abril de 2002 que rechazó su petición amparándose en la Resolución 01/2001 del Consejo Consultivo de la ANAPOL, cuya parte resolutiva establece la baja definitiva sin derecho a reincorporación a los cadetes reprobados por deficiente rendimiento académico, además de indicar que su solicitud es extemporánea, extremo equivocado por cuanto ya había solicitado su reincorporación el 5 de abril de 2001 y la reiteró posteriormente, aceptando que se le imponga una sanción de postergación de un año.