Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0091/2003-R
Fecha: 24-Ene-2003
III.2
III.2 Por otra parte, si la recurrente no asistió a prestar su declaración informativa el 7 de noviembre de 2002 a hrs. 9:00 a.m. pese a estar debidamente notificada, su inconcurrencia estaba justificada ante la tentativa de allanamiento producida una hora antes, situación que el Fiscal no podía dejar de considerar al haber sido parte en ese operativo, por lo que ante la solicitud expresa efectuada por la recurrente, debió señalar nueva audiencia para que se produzca esa declaración, en aras de un adecuado proceso de investigación.