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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0095/2003-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0095/2003-R

    Fecha: 24-Ene-2003

    I.1.3. Autoridades   o personas  recurridas  y petitorio.

    El recurrente interpone  amparo constitucional contra Ricardo Alarcón Pozo y Nelly de la Cruz de Palomeque, Vocales de la Sala Civil Tercera, solicitando sea declarado procedente, disponiendo que los recurridos pronuncien nuevo Auto de Vista en el fondo de la apelación de acuerdo a ley,  aplicando las normas sustantivas y adjetivas civiles, con costas.

    • Blanca Córdova de Jordán por sí y en representación de Humberto Jordán Alvarez
    • I.1.1.   Hechos que motivan el recurso.
    • I.1.3. Autoridades   o personas  recurridas  y petitorio.
    • I.2.1.   Ratificación y ampliación del Recurso.
    • 1)
    • improcedente
    • II.1
    • II.2
    • III.   FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1
    • III.2
    • APROBAR

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