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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0096/2003-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0096/2003-R

    Fecha: 28-Ene-2003

    II.6

    II.6     Ante la solicitud del recurrente (fs. 47), la Asesora Legal del Servicio Departamental de Educación de La Paz (SEDUCA), por nota 376/02, de 4 de septiembre de 2002 (fs. 45 y 46), aclaró el sentido del fallo emitido en el proceso disciplinario, señalando que la destitución dispuesta por los fallos del proceso disciplinario no significan una expulsión del Magisterio.

    • Máximo Chambi Poma
    • I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
    • a)
    • IMPROCEDENTE
    • II.1
    • II.2     Por Auto Inicial de  18 de octubre de 2001
    • II.3     El Tribunal Disciplinario Departamental,
    • II.5
    • II.6
    • II.7
    • III. FUNDAMENTOS   JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1
    • III.2
    • III.3.
    • 976/2002-R, 1271/2001-R,  620/2001-R,
    • III.4
    • 1º        APRUEBA

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