Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0123/2003-R
Fecha: 29-Ene-2003
II.5.
II.5. El recurrente solicitó audiencia para la devolución del dinero por la depositaria, a lo que el Juez de Instrucción de Sacaba providenció el 18 de octubre de 2002 que estando ordenado que la devolución sea realizada por el Ministerio Público a favor de los imputados y no habiendo dispuesto la devolución a Adriana Inturias de Escalera, se ocurra a la vía llamada por ley (fs. 209-210).