Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 066/2003-ECA
Fecha: 07-Oct-2003
3°
3° Llamar severamente la atención tanto a los Vocales de la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, así como a su oficial de diligencias, por haber demostrado actitud negligente en el desempeño de sus funciones al no cumplir normas adjetivas de orden público ni exigir su cumplimiento a los funcionarios de apoyo a su cargo, respecto de las notificaciones oportunas a los sujetos procesales.