APRUEBA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 64-III y 31-4) LTC, con los fundamentos expuestos, APRUEBA el RECHAZO contenido en la Resolución de 7 de octubre de 2003, pronunciada por Iván R. Saavedra Guzmán, Juez de Partido Mixto Liquidador y de Sentencia Nº 2 en lo Penal de Sucre, cursante a fs. 1276-1278 del expediente.
Por Secretaría General devuélvase al Juez de la causa, el expediente original del proceso penal seguido a querella de la Empresa Minera “Unificada” contra Freddy Cuellar Graz por el delito de estelionato, debiendo quedar fotocopias legalizadas de la solicitud de que se promueva el incidente, la respuesta y la resolución que rechaza promover el incidente, así como auto de 23 de abril de 2003 (fs. 655-660), Auto de 28 de mayo de 2003 (fs. 710 - 711) y Auto de 24 de junio de 2003 (fs. 737).
- Iván R. Saavedra Guzmán, Juez de Partido Mixto Liquidador y de Sentencia Nº 2 en lo Penal de Sucre,
- las Disposiciones transitorias tercera y primera y las Disposiciones finales primera y sexta del Código de Procedimiento penal, Ley 1970 de 25 de marzo de 1999 y la constitucionalidad de los arts. 175 y 176 del Decreto Ley 10426 de 23 de agosto de 1972, Código de procedimiento penal abrogado.
- la constitucionalidad
- I.2.1. Respuesta al recurso
- rechaza el incidente
- necesariamente aplicada a la resolución del caso dilucidado dentro del proceso judicial o administrativo.
- ,
- Disposiciones transitorias:
- Disposiciones finales:
- declarar constitucionales los arts. 175 y 176 del Decreto Ley 10426 de 23 de agosto e 1972- Código de Procedimiento penal,
- Fragmento 11
- APRUEBA
