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    AUTO CONSTITUCIONAL 493/2003-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 493/2003-CA

    Fecha: 21-Oct-2003

    Disposiciones transitorias:

    Disposiciones transitorias: Primera.- (Causas en trámite). Las causas en trámite continuarán rigiéndose por el Código de Procedimiento penal  anterior, Decreto Ley 10426 de 23 de agosto de 1972 y la Ley 1008 del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas, salvo lo previsto en las siguientes disposiciones.

    • Iván R. Saavedra Guzmán, Juez de Partido Mixto Liquidador y de Sentencia Nº 2 en lo Penal de Sucre,
    • las Disposiciones transitorias tercera  y primera y las Disposiciones finales primera y sexta del Código de Procedimiento penal, Ley 1970 de 25 de marzo de 1999 y la constitucionalidad de  los arts. 175 y 176 del Decreto Ley 10426 de 23 de agosto de 1972, Código de procedimiento penal abrogado.
    • la constitucionalidad
    • I.2.1. Respuesta al recurso
    • rechaza el incidente
    • necesariamente aplicada a la resolución del caso dilucidado dentro del proceso judicial o administrativo.
    • ,
    • Disposiciones transitorias:
    • Disposiciones finales:
    • declarar constitucionales los arts. 175 y 176 del Decreto Ley 10426 de 23 de agosto e 1972- Código de Procedimiento penal,
    • Fragmento 11
    • APRUEBA

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