SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1446/2003-R
Fecha: 01-Oct-2003
III.3
III.3 En la problemática que se examina, la recurrente con los mismos fundamentos en los que sustenta este recurso, suscitó ante el Juez recurrido incidente de nulidad de citación con la demanda, el mismo que ha sido resuelto por Auto de 4 de julio de 2003 siendo rechazado, por lo que antes de interponer la demanda de amparo correspondía a la actora agotar las vías ordinarias que le franquea la Ley, esto es, interponiendo en contra de dicha Resolución el recurso de apelación previsto por el art. 518 CPC al tratarse de una resolución dictada en ejecución de sentencia, recurso que aún tiene expedito, por cuanto de la revisión del expediente original que ha sido remitido a éste Tribunal se evidencia que la indicada no ha sido legalmente notificada con el citado Auto.