SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1457/2003-R
Fecha: 06-Oct-2003
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En la demanda presentada el 17 de julio de 2003 (fs. 147 a 149), el recurrente aduce que Carlos Iván Salvatierra Melgar siguió un proceso penal contra sus representados por los delitos de estafa y estelionato, en cuya Instrucción se los declaró rebeldes sin haber sido citados en forma legal y se publicó el emplazamiento en un diario de poca cobertura, en razón de lo que se enteraron de dicho juicio cuando se intentó ejecutar el mandamiento de condena.
Expresa que el Defensor de Oficio que se designó a favor de sus mandantes, no asumió defensa alguna en ninguna fase del proceso, sino que, incumpliendo su deber, en el Plenario renunció a ofrecer prueba y no formuló alegatos en conclusiones, llegándose a emitir la Sentencia en la que se les ha condenado a una pena de reclusión de cuatro años y tres meses en la Penitenciaría de Palmasola, fallo que no fue apelado por el citado Defensor, aspectos que debieron ser advertidos por los Jueces recurridos antes de pronunciar Resolución, conforme manda el art. 15 de la Ley de Organización Judicial (LOJ).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- No es solamente poner en movimiento mecánico las reglas de procedimiento sino buscar un proceso justo
- está prohibiendo la imposición de toda sanción sin defensa.
- III.2.