Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1469/2003-R
Fecha: 03-Oct-2003
II.5
II.5 El 15 de julio de 2003, presentada la prueba por el imputado, el Juez de la causa dictó el Auto que ordena la apertura formal del juicio penal, señalando audiencia para el 7 de agosto del mismo año para el juicio oral (fs. 2). Realizada la audiencia se rechazó la excepción de cosa juzgada (doble juzgamiento), prosiguiendo con el juicio que ha concluido -según el informe del recurrido en audiencia- y en el que ya se dictó sentencia.