Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1480/2003 -R
Fecha: 20-Oct-2003
rechazó
Que en el presente proceso, una vez que el tribunal de amparo, determinó que la recurrente, subsane los defectos mencionados en el plazo otorgado por ley, aquella, no cumplió con esas observaciones, por lo que dicho tribunal en forma debida rechazó el recurso, de acuerdo a la jurisprudencia constitucional citada.