Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1483/2003-R
Fecha: 20-Oct-2003
II.2.
Sin embargo, al existir error en la trascripción de ese proveído en la copia que se entrega a las partes, por decreto de 12 de septiembre (fs. 15), el Juez, de oficio, lo enmendó y reiteró que dicha audiencia se efectuaría el 13 de septiembre a horas 9:30, ordenando se notifique a los sujetos procesales. El recurrente fue notificado con esa determinación en 12 de septiembre a horas 9:25 (fs. 16), habiéndose presentado a la audiencia (fs. 29), sin su abogado defensor, lo que determinó la suspensión del acto.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- en los casos de que ésta haya sido ilegal o arbitrariamente amenazada, restringida o suprimida
- el 12 de septiembre a horas 9:25, el mismo que interpuso el presente hábeas corpus esa fecha -12 de septiembre- a horas 14:10, siendo citado el recurrido el mismo día a horas 15:00.
- APRUEBA